La Sociedad Argentina de Diabetes se integra por 7 Capítulos con Socios que residen en cada región o Provincia de la República Argentina, para aunar y coordinar actividades que tiendan a perfeccionar la práctica de la Diabetología en todo el país.
ESTATUTO DE LOS CAPÍTULOS
TITULO VII – DE LOS CAPITULOS
La Sociedad Argentina de Diabetes podrá constituir Capítulos en el interior de la República con los socios que residan en cada región o Provincia, para aunar y coordinar actividades que tiendan a perfeccionar la práctica de la Diabetología en todo el país. A tal efecto, se considera que cada socio pasa a formar parte automáticamente de su correspondiente Capítulo.
Solo podrá organizarse un Capítulo por cada región o Provincia. Se formará por la solicitud escrita a la Comisión Directiva de la Sociedad Argentina de Diabetes–Asociación Civil, de por lo menos cinco Miembros Titulares y cinco Adherentes que residan en esa región o provincia.
La solicitud será considerada por la Comisión Directiva ad referéndum de la Asamblea General Ordinaria más próxima.
El Capítulo comenzará sus actividades solamente después de la aprobación de la Comisión Directiva.
Cada Capítulo se regirá por los Estatutos de la Sociedad Argentina de Diabetes – Asociación Civil, además de un Reglamento General que incluya situaciones no contempladas en el Estatuto. Por otra parte y para facilitar su labor cada Capítulo está facultado para redactar un Reglamento Interno que deberá estar avalado por la Sociedad Argentina de Diabetes – Asociación Civil.